Cartas a Quito / 6 de junio de 2026
Written by danilo_3re2RJc on 06/06/2026
La condena a muerte si existe en Ecuador
No escribo estas líneas para justificar un delito. Tampoco para negar el dolor de una víctima.
Escribo porque detrás de cada expediente judicial existe un ser humano, una historia, una familia y una vida que muchas veces el país decide ignorar.
Kevin, fue un joven que tenía apenas 20 años, nació en la pobreza.Era hijo de dos personas con discapacidad que, con enormes dificultades, intentaron salir adelante. Creció en un hogar marcado por las carencias, la desintegración familiar y el abandono social. Vivía en un sector marginal donde la violencia, la falta de oportunidades y la exclusión son parte del paisaje cotidiano.
Kevin no tuvo acceso a verdaderas oportunidades. No conoció privilegios. No tuvo las herramientas suficientes para construir un camino distinto. Y aunque eso no justifica el delito que cometió, sí obliga a la sociedad y al Estado a preguntarse cuántos Kevin (jovenes) más están creciendo exactamente en las mismas condiciones
Un día Kevin cometió un error gravísimo. Junto con otros dos menores de edad participó en un asalto. La Policía lo capturó el mismo día y la justicia actuó diligentemente, fue condenado a siete años de prisión. Condena que debía,cumplir, No debía morir.
Dentro del centro penitenciario contrajo tuberculosis. Poco a poco su salud se fue deteriorando. No hubo atención médica adecuada. No hubo medicamentos suficientes. No hubo intervención oportuna. Finalmente fue trasladado a un hospital público, donde murió.
Y desde entonces no dejo de pensar en algo profundamente doloroso: En el Ecuador, muchas veces entrar a prisión significa entrar a un lugar donde la vida deja de valer.
Nuestra Constitución no permite la pena de muerte. Sin embargo, las condiciones infrahumanas de muchos centros penitenciarios están convirtiendo las condenas privativas de libertad en condenas silenciosas de muerte.
La Constitución de la República del Ecuador es clara. El artículo 35 establece que las personas privadas de libertad pertenecen a un grupo de atención prioritaria y merecen protección especial por parte del Estado. El artículo 51 reconoce expresamente que las personas privadas de libertad tienen derecho a la salud, a la integridad física y a condiciones adecuadas de rehabilitación.
Más aún, el artículo 201 de la Constitución determina que el sistema de rehabilitación social tiene como finalidad la rehabilitación integral de las personas sentenciadas para reinsertarlas en la sociedad y no para destruirlas física o emocionalmente.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos y múltiples instrumentos internacionales han señalado reiteradamente que el Estado es garante directo de la vida e integridad de toda persona bajo su custodia.
Cuando una persona ingresa a un centro penitenciario, el Estado asume la responsabilidad absoluta de protegerla.
Kevin estaba bajo custodia estatal. Kevin dependía completamente del sistema penitenciario.
Y el Estado le falló. Le falló cuando no previno el contagio. Le falló cuando no garantizó atención médica digna. Le falló cuando permitió que una enfermedad curable terminara apagando la vida de un joven que aún tenía la posibilidad de reconstruirse. No se trata de romantizar el delito. Se trata de entender que la justicia no puede convertirse en abandono, indiferencia o exterminio.
Un país verdaderamente justo no solamente castiga; también rehabilita, protege y recupera vidas.
Kevin debía cumplir su condena y algún día salir de prisión para intentar ser mejor. Debía tener la oportunidad de pedir perdón, de trabajar, de reconstruir su existencia y de devolverle algo positivo a la sociedad. Pero murió antes. Y cuando una persona muere bajo custodia del Estado por falta de atención médica, negligencia o abandono, no estamos frente a un simple hecho lamentable. Estamos frente a una responsabilidad moral, constitucional y humana que no puede seguir normalizándose.
Hoy fue Kevin. Mañana puede ser cualquier otro joven olvidado por un sistema que parece haber perdido la capacidad de distinguir entre justicia y condena a muerte.
El Ecuador necesita revisar urgentemente la crisis penitenciaria que atraviesa. El Gobierno Nacional, las autoridades de rehabilitación social, la Asamblea Nacional y los organismos internacionales de derechos humanos no pueden seguir mirando hacia otro lado mientras las cárceles continúan convirtiéndose en espacios donde la enfermedad, el abandono y la desesperanza terminan decidiendo quién vive y quién muere.
Porque una sociedad se mide no solo por cómo trata a sus ciudadanos ejemplares, sino también por cómo trata a quienes han caído y aún merecen la oportunidad de levantarse.
Victor León Tenorio