Corte Constitucional se pronunció sobre último decreto de estado de excepción
Written by danilo_3re2RJc on 02/28/2025
La Corte Constitucional (CC) se pronunció sobre el último decreto de estado de excepción, el pasado viernes 21 de febrero de 2025.
La CC se refirió a Decreto Ejecutivo 493, en el que el presidente Daniel Noboa declara estado de excepción en siete provincias, el Distrito Metropolitano de Quito y dos cantones.
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El último estado de excepción declarado por el presidente Daniel Noboa
El pasado 2 de enero, el presidente Daniel Noboa declaró el estado de excepción en las provincias de: Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos.
También en el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, y los cantones La Troncal de la provincia de Cañar y Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.
Los motivos fueron: la grave conmoción interna y el conflicto armado interno.
Además, el Presidente incluyó a los centros de privación de la libertad que integran el Sistema Nacional de Rehabilitación Social a nivel nacional.
La vigencia de este estado de excepción era de 60 días.
El pasado 21 de febrero, la Corte Constitucional se pronunció sobre este decreto ejecutivo.
El pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre el último estado de excepción
La Corte declaró la constitucionalidad del estado de excepción, únicamente por la causal de grave conmoción interna, en la mayoría de localidades dispuestas por el Ejecutivo.
Declaró la inconstitucionalidad de la causa de conflicto armado interno invocada por el presidente de la República.
Aclaró que el estado de excepción y las medidas extraordinarias no aplica en el interior de los centros de privación de libertad por carecer fundamentación.
Tampoco aplica en La Troncal porque el decreto ejecutivo no ha presentado una sustanciación para su inclusión dentro de las jurisdicciones bajo estado de excepción.
La Corte también ordenó establecer el mecanismo técnico para superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado, a través del régimen constitucional ordinario.
Ordenó a la Presidencia de la República, Asamblea Nacional, Consejo de la Judicatura, la Defensoría del Pueblo, el SNAI, las Fuerzas Armadas, la Policía y el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos entreguen información.
La Corte también dispuso la conformación de la Comisión Interinstitucional de coordinación, planificación e implementación de medidas estructurales.
Finalmente, exhortó a la Fiscalía y otras autoridades competentes a investigar en profundidad, determinar responsables y sancionar todas las denuncias relacionadas con actos contra la vida e integridad de las personas durante la vigencia de los estados de excepción.